Menores

Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor

La Ley Orgánica 5/2000 se aplicará para exigir la responsabilidad de las personas mayores de catorce años y menores de dieciocho por la comisión de hechos tipificados como delitos o faltas en el Código Penal o las leyes penales especiales.

Las personas a las que se aplique la presente Ley gozarán de todos los derechos reconocidos en la Constitución y en el ordenamiento jurídico, particularmente en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, así como en la Convención sobre los Derechos del Niño de 20 de noviembre de 1989 y en todas aquellas normas sobre protección de menores contenidas en los Tratados válidamente celebrados por España

¿Qué servicios te ofrecemos desde TG Abogados?

TG abogados le ofrece un trato personal, entendiendo que la responsabilidad penal de los menores requiere una atención especializada. La consecuencias derivas de las sanciones penales a los menores necesitan de una atención minuciosa y tratarla con una sensibilidad acorde a las necesidades personales, para evitar repercutir negativamente en su futuro.

Por ello le ofrecemos asesoramiento jurídico, mediación y defensa legal en las siguientes materias:

  • Protección de menores

  • Mediación en conflictos penales de menores

  • Asistencia en detenciones y actuaciones judiciales

  • Responsabilidad penal y civil de menores.